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La LGE: qué cambió y qué continuó

Qué cambió con la LGE

La LGE reemplazó a la LOCE, pero ese reemplazo fue parcial en términos prácticos: varias estructuras del sistema continuaron funcionando como antes, y algunos principios de la legislación anterior permanecieron vigentes. El cambio más profundo fue conceptual; la nueva ley se propuso explicar para qué existe el sistema educativo, no solo cómo está organizado.


El cambio más visible está en los primeros artículos del texto. Mientras la LOCE comenzaba regulando requisitos institucionales, la LGE abre con una definición de educación:


"La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida del ser humano y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas." — LGE, artículo 2°


Al señalar que la educación abarca las distintas etapas de la vida, la ley reconoce que el aprendizaje no termina con la escuela; al enumerar el desarrollo espiritual, ético, moral y afectivo junto al intelectual, establece que la finalidad del sistema va más allá del rendimiento académico; y al hablar de transmisión y cultivo de valores, introduce una dimensión formativa que la LOCE prácticamente ignoraba.

La LGE incorporó también un conjunto de principios explícitos que orientan el sistema (universalidad, calidad, equidad, autonomía, diversidad, entre otros) y desarrolló con mayor detalle los derechos y deberes de los distintos actores de la comunidad educativa. Esos dos cambios los abordaremos en los módulos siguientes; pero vale la pena anticipar aquí uno de los conceptos que los atraviesa: el de calidad de la educación.


El concepto de calidad en la LGE

La LGE no define la calidad de la educación de manera explícita, pero sí establece cómo debe entenderse dentro del sistema. Una educación es de calidad cuando permite a los estudiantes alcanzar los estándares de aprendizaje definidos por el currículum nacional y cuando el establecimiento cumple con la normativa vigente en materia pedagógica, administrativa y de convivencia. Esas dos dimensiones —los aprendizajes y el cumplimiento normativo— son las que el sistema utiliza para evaluar y clasificar a los establecimientos.


Esa concepción tiene una consecuencia institucional directa: para que la calidad sea algo más que una declaración de intenciones, el sistema necesita organismos capaces de medirla y de actuar cuando no se cumple. La Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia de Educación, creadas en 2011, son precisamente eso; la primera evalúa si los estudiantes están alcanzando los estándares esperados, y la segunda fiscaliza si los establecimientos están cumpliendo con la normativa. Ambas instituciones son, en ese sentido, la respuesta operativa al concepto de calidad que la LGE instaló.


Lo que no cambió

Sería inexacto presentar la LGE como una ruptura total. La estructura de niveles educativos, los mecanismos de financiamiento, la coexistencia de establecimientos municipales, particulares subvencionados y particulares pagados, y el rol central de los sostenedores en la administración de los establecimientos continuaron existiendo después de 2009. 


La LGE no alteró el modelo de organización del sistema que la dictadura había instalado en los años ochenta; eso sería materia de debates y reformas posteriores, como la Ley de Inclusión Escolar de 2015. Lo que la LGE hizo fue colocar ese modelo dentro de un marco conceptual distinto: uno que exige que el sistema rinda cuentas por sus resultados y que reconoce derechos a quienes lo utilizan.


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