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El Estatuto Docente en palabras simples: las funciones docentes explicadas

  • hace 2 días
  • 4 min de lectura

Una jornada escolar puede incluir clases, consejos de profesores, entrevistas con apoderados, planificación de actividades y muchas otras tareas que forman parte del trabajo educativo. Algunas son visibles para estudiantes y familias; otras ocurren detrás de escena, pero resultan igualmente necesarias para el funcionamiento de una escuela.


Muchas de estas responsabilidades están reguladas por el Estatuto Docente, o ley 19.070, probablemente la norma que más influye en el ejercicio de la profesión. En ella encontramos disposiciones que van desde los requisitos para ejercer la docencia hasta las condiciones laborales, la carrera profesional, las remuneraciones y los derechos y deberes de quienes trabajan en el sistema escolar.


En la entrada anterior revisamos quiénes son considerados profesionales de la educación según esta ley. En esta oportunidad nos detendremos en otro aspecto fundamental: las funciones profesionales que reconoce dentro de los establecimientos educacionales y las responsabilidades asociadas a cada una de ellas.


Tabla de Contenidos




  1. ¿Por qué el Estatuto define las funciones docentes?


En una escuela conviven profesionales con responsabilidades muy distintas. Algunos pasan gran parte de su jornada en el aula; otros coordinan el trabajo pedagógico, acompañan a los docentes o asumen tareas de dirección y gestión. Todos forman parte del sistema educativo, pero no todos realizan las mismas labores.


Por esta razón, el Estatuto Docente dedica su Título II, entre los artículos 5 y 9, a definir las distintas funciones profesionales que reconoce dentro de los establecimientos educacionales. Esta clasificación tiene efectos prácticos: muchas de las disposiciones que aparecen más adelante en la ley distinguen entre docentes de aula, directivos y profesionales que cumplen funciones técnico-pedagógicas.


Profesora sosteniendo una laptop


  1. La función docente


Cuando pensamos en el trabajo de un profesor, solemos imaginar una sala de clases. Sin embargo, el artículo 6 del Estatuto Docente utiliza una definición más amplia: es el conjunto de tareas profesionales vinculadas al aprendizaje, la formación y el acompañamiento de los estudiantes.


Por esa razón, la ley incluye actividades que forman parte de la práctica cotidiana de cualquier docente, entre ellas:

  • La planificación de las actividades de enseñanza.

  • La evaluación de los aprendizajes.

  • La orientación de los estudiantes.

  • La preparación de materiales y recursos pedagógicos.

  • Otras actividades necesarias para desarrollar el proceso educativo.


Cualquiera que haya trabajado en una escuela sabe que muchas de estas tareas ocurren fuera del aula. Preparar una evaluación, revisar trabajos, planificar una unidad o reunirse con estudiantes y familias también forman parte del trabajo docente.


Esta idea es importante porque aparece repetidamente a lo largo del Estatuto. De hecho, ayuda a entender por qué la ley regula materias como la jornada laboral, la distribución del tiempo de trabajo y otras condiciones asociadas al ejercicio de la profesión docente.



  1. La función docente directiva


Toda escuela necesita personas que coordinen equipos, tomen decisiones, resuelvan problemas cotidianos y conduzcan el trabajo de la comunidad educativa. A estas responsabilidades se refiere el Estatuto Docente cuando habla de la función docente directiva.


El artículo 7 la define como aquella que ejercen los profesionales de la educación encargados de tareas de conducción, organización y supervisión en los establecimientos educacionales.


Sus responsabilidades se relacionan con la gestión del establecimiento y con la coordinación de las tareas necesarias para su funcionamiento. En la práctica, esto incluye ámbitos que hoy suelen agruparse bajo el concepto de gestión pedagógica, como el acompañamiento de los procesos de enseñanza, el apoyo al trabajo docente y el seguimiento de los aprendizajes.


Gran parte de este trabajo ocurre fuera del aula, pero mantiene una relación directa con el proceso educativo, ya que busca generar las condiciones necesarias para la enseñanza y el aprendizaje dentro de la comunidad escolar.


El reconocimiento de estas labores como una función docente tiene efectos concretos. Quienes ejercen cargos directivos pueden acceder a diversos derechos, beneficios y normas laborales contemplados en el Estatuto Docente, aunque algunas disposiciones varían según el cargo desempeñado.



  1. La función técnico-pedagógica


Cuando un docente necesita apoyo para planificar una unidad, resolver una duda curricular o revisar una estrategia de enseñanza, suele recurrir a profesionales que trabajan acompañando el trabajo pedagógico de la escuela. A estas responsabilidades se refiere el Estatuto Docente cuando habla de la función técnico-pedagógica.


El artículo 8 incluye dentro de esta función tareas relacionadas con la coordinación del trabajo pedagógico, el apoyo a la planificación de la enseñanza, el acompañamiento a los docentes y el seguimiento de los procesos de aprendizaje.


En muchos establecimientos estas responsabilidades son asumidas por profesionales que trabajan en la Unidad Técnico-Pedagógica (UTP) o en cargos similares. Su trabajo suele desarrollarse fuera de la sala de clases, pero tiene un impacto directo en la organización de la enseñanza y en el apoyo que reciben los docentes para desarrollar su labor.


Al igual que la función directiva, esta función forma parte de las labores profesionales reconocidas por el Estatuto Docente y cuenta con normas específicas dentro de la legislación educacional.



Las funciones que hemos revisado muestran que el trabajo educativo adopta formas muy distintas dentro de una escuela. Mientras algunos profesionales se dedican principalmente a la enseñanza, otros asumen responsabilidades de dirección o de apoyo técnico-pedagógico. Todas ellas forman parte de la profesión docente y cumplen un papel necesario para el funcionamiento de las comunidades escolares.


Si todavía no has leído nuestra entrada sobre qué regula el Estatuto Docente y a quiénes se aplica, te recomendamos comenzar por allí para conocer las disposiciones iniciales de esta ley. También puedes revisar nuestras publicaciones sobre la Ley General de Educación, donde explicamos varios de los principios y estructuras que sirven de base al sistema educativo chileno.


En las próximas entradas de esta serie seguiremos recorriendo el Estatuto Docente para entender cómo regula aspectos tan relevantes como los derechos, deberes y condiciones laborales de los profesionales de la educación.

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